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Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales

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  • SRT :
  • Planos Parcelarios

    DEPARTAMENTO

    Departamento de Economía y Hacienda

    SERVICIO

    Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales

    OBJETO

    Obtención de planos parcelarios de un determinado recinto.

    DESCRIPCIÓN

    Los planos parcelarios son los documentos en que se representan gráficamente los recintos, en sus diversos grados, en que se divide el territorio de la Comunidad Foral.

    Se pueden obtener los planos parcelarios superpuestos en las ortofotos disponibles en el Registro de la Riqueza Territorial.

    Su importancia radica en que es uno de los medios instrumentales utilizados para coordinar el Registro de la Riqueza Territorial y el Registro de la Propiedad

    • Plano Parcelario
    • Plano Parcelario con inclusión de ortofoto
    • Plano Parcelario por Polígono Catastral (servicio prestado exclusivamente a Entidades Locales).

    DESTINATARIO

    Todos los ciudadanos

    DOCUMENTACIÓN

    Al tratarse de información no protegida, únicamente se debe de entregar el DNI a la entrada de las instalaciones, como requisito de la Administración Pública.

    PLAZOS

    Durante todo el año

    TRAMITACIÓN

    La obtención de los planos parcelarios se tramitará de forma presencial en las oficinas del Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales.

    NORMATIVA

    Los Planos Parcelarios se rigen por la Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre, del Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra.

    Sobre las tasas, están regidas por la Disposición Final Primera de dicha ley

    CONTACTO

    Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales
    Gobierno de Navarra

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