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Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales

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  • SRT :
  • Ficha o croquis de implantación o mantenimiento

    DEPARTAMENTO

    Departamento de Economía y Hacienda

    SERVICIO

    Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales

    OBJETO

    Obtención de la ficha o el croquis de implantación o mantenimiento de un determinado bien inmueble.

    DESCRIPCIÓN

    Ficha o Croquis de Implantación son los datos recogidos en el momento de la implantación del catastro. A esta información van asociadas la representación gráfica y fotográfica de dicho momento.

    La Ficha o Croquis de Mantenimiento son los datos de las modificaciones realizadas sobre el mismo bien inmueble, registrados en el Registro de Riqueza Territorial.

    DESTINATARIO

    Todos los ciudadanos que acrediten el acceso a dicha información

    DOCUMENTACIÓN

    La ficha o croquis de implantación se considera información protegida, y como tal es necesaria la presentación de la siguiente documentación.

    • Titulares de los bienes objeto de la consulta; presentando su DNI o documento identificativo
    • Ser titular de un bien colindante al que es objeto de la consulta; presentando su DNI o documento identificativo
    • Estar autorizado expresamente y por escrito por el titular de los bienes objeto de la consulta.
    • Ser titular de derecho de arrendamiento o aparcería de los bienes objeto de consulta; presentando su DNI o documento identificativo.
    • Ser notario, registrador de la propiedad o actuar como representante de estos, en cuyo caso deberá acreditarse dicha representación.
    • Ser heredero o sucesor del que figura como titular de los bienes objeto de la consulta. Para ello es preciso presentar DOCUMENTO DE ACEPTACIÓN DE HERENCIA o bien:
      • Si el titular fallecido OTORGÓ TESTAMENTO, primera copia del mismo y además certificado de defunción y certificado de últimas voluntades que indique que el documento exhibido como testamento es realmente el último otorgado y no ha sido revocado o modificado.
      • Si el titular fallecido NO OTORGÓ TESTAMENTO declaración “ab-intestato” de herederos u otra documentación que justifique los derechos que le asisten para la consulta

    PLAZOS

    Durante todo el año

    TRAMITACIÓN

    La Cédula Parcelaria se puede obtener a través de las siguientes vías:

    • Presencial en las oficinas del Registro de Riqueza Territorial
    • Presencial en algunos ayuntamientos de la Comunidad Foral de Navarra

    NORMATIVA

    La Ficha o Croquis de Implantación o Mantenimiento se rigen por la Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre, del Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra..

    Sobre las tasas, están regidas por la Disposición Final Primera de dicha ley

    CONTACTO

    Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales
    Gobierno de Navarra

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