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Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales

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  • SRT :
  • Listado de bienes por titular

    DEPARTAMENTO

    Departamento de Economía y Hacienda

    SERVICIO

    Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales

    OBJETO

    Obtención del Listado de Bienes por titular

    DESCRIPCIÓN

    Los listados de bienes por titular son consultas a realizar en el Registro de Riqueza Territorial, sobre los inmuebles de la misma titularidad.

    Esta consulta se puede suministrar al ciudadano como un documento normalizado, o como un certificado expedido por el Registro de Riqueza Territorial

    Al mismo tiempo, los titulares podrán conocer las consultas y certificados sobre los bienes inmuebles de su titularidad que se hayan realizado u obtenido por los sujetos legitimados para el acceso a los datos protegidos en el año anterior a la formulación de la consulta.

    DESTINATARIO

    Todos los ciudadanos

    Departamentos del Gobierno de Navarra

    DOCUMENTACIÓN

    Al tratarse de información protegida, es necesaria la presentación de la siguiente documentación, que acredite al solicitante como titular del bien inmueble requerido, o como colindante del mismo:

    • Titulares de los bienes objeto de la consulta; presentando su DNI o documento identificativo
    • Ser titular de un bien colindante al que es objeto de la consulta; presentando su DNI o documento identificativo
    • Estar autorizado expresamente y por escrito por el titular de los bienes objeto de la consulta
    • Ser titular de derecho de arrendamiento o aparcería de los bienes objeto de consulta; presentando su DNI o documento identificativo.
    • Ser notario, registrador de la propiedad o actuar como representante de estos, en cuyo caso deberá acreditarse dicha representación.
    • Ser heredero o sucesor del que figura como titular de los bienes objeto de la consulta. Para ello es preciso presentar DOCUMENTO DE ACEPTACIÓN DE HERENCIA o bien:
      • Si el titular fallecido OTORGÓ TESTAMENTO, primera copia del mismo y además certificado de defunción y certificado de últimas voluntades que indique que el documento exhibido como testamento es realmente el último otorgado y no ha sido revocado o modificado.
      • Si el titular fallecido NO OTORGÓ TESTAMENTO declaración “ab-intestato” de herederos u otra documentación que justifique los derechos que le asisten para la consulta

    PLAZOS

    Durante todo el año

    TRAMITACIÓN

    Los certificados de bienes por titular se pueden obtener a través de las siguientes vías:

    • Página Web (servicio exclusivo para usuarios registrados)
    • Atención Presencial

    NORMATIVA

    Tanto los listados como los certificados de Bienes por Titular se rigen por la Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre, del Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra.

    Las tasas, están regidas por la Disposición Final Primera de dicha ley.

    CONTACTO

    Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales
    Gobierno de Navarra

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