Funciones del Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales
El Servicio de Riqueza Territorial y Tributos Patrimoniales, tiene encomendadas las siguientes
funciones:
- En materia de Riqueza Territorial:
- El desarrollo de las actuaciones de conservación del Registro de la Riqueza Territorial que corresponden a la Hacienda Foral de Navarra y, en especial, la inspección y actualización de los datos básicos y la incorporación de los datos complementarios precisos para el adecuado ejercicio de funciones públicas.
- La comunicación a los Ayuntamientos de toda variación de datos básicos del Registro de la Riqueza Territorial y, en general, el suministro a aquéllos de la información necesaria para la conservación del citado registro administrativo y de los Catastros.
- La realización de las actuaciones de caracterización y valoración de los bienes inmuebles, y en especial, su coordinación en el conjunto del territorio navarro, la participación en la fijación del contenido de las Ponencias de Valoración por la Comisión Mixta, la aprobación de las Ponencias de Valoración y la elaboración de los proyectos de disposiciones generales de caracterización y valoración.
- El desarrollo de las actuaciones relativas al acceso, entrega, utilización y certificación de la información contenida en el Registro de la Riqueza Territorial.
- La conservación del Archivo Histórico de la Riqueza Territorial.
- La conservación, mantenimiento, custodia y publicidad del Registro de Ponencias de Valoración.
- La recopilación y estudio de valores y precios de los bienes inmuebles, el establecimiento de criterios de valoración, así como la fijación y difusión de los valores estimados.
- El estudio y propuesta de procedimientos de obtención sistemática de los valores de los bienes inmuebles radicados en Navarra, para el ejercicio de las funciones propias de Hacienda Foral de Navarra.
- La realización de dictámenes de valoración de bienes inmuebles para la liquidación de los Impuestos de Actos Jurídicos Documentados, Transmisiones Patrimoniales, Sucesiones y Donaciones, así como para otros tributos y para cuantas actuaciones de la Administración de la Comunidad Foral precisen valoración de bienes inmuebles.
- La elaboración de informes sobre los recursos que se planteen en relación a los valores de bienes inmuebles radicados en Navarra.
- El ejercicio de funciones relativas a la coordinación entre la realidad inmobiliaria recogida en el Registro de la Riqueza Territorial y la que conste en otros registros o instituciones y, en especial, con aquella inscrita en el Registro de la Propiedad.
- La ejecución de las tareas de soporte administrativo del Jurado de Expropiación de Navarra.
- La instrucción de los expedientes sancionadores previstos en la normativa reguladora del registro de la riqueza territorial y de los catastros de Navarra.
- En relación con los Impuestos sobre Sucesiones y Donaciones, Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados:
- La formación y propuesta de los criterios a aplicar en la comprobación y liquidación de los tributos, con la colaboración del Servicio de Desarrollo Normativo y Asesoramiento Jurídico.
- La atención de consultas fiscales en sus aspectos técnicos en coordinación con el Servicio de Asistencia e Información al Contribuyente y, en particular, el estudio y resolución de las consultas tributarias, con la colaboración del Servicio de Desarrollo Normativo y Asesoramiento Jurídico.
- El mantenimiento de los censos de obligados tributarios en los impuestos que son de su competencia.
- El análisis, revisión y comprobación de las declaraciones, la solicitud de justificación documental y la práctica de liquidaciones provisionales de oficio, así como la aplicación de los intereses de demora correspondientes.
- La tramitación y resolución de los recursos de reposición interpuestos contra los actos dictados por el Servicio, así como de las impugnaciones de autoliquidaciones y de actos de retención o ingreso a cuenta, practicando las liquidaciones tributarias que procedan.
- La tramitación de las resoluciones judiciales y de los acuerdos sobre impugnaciones en vía económico-administrativa de los actos dictados por el Servicio.
- La liquidación de los recargos que sean aplicables y que no esté encomendada expresamente a otros órganos administrativos.
- La liquidación de las sanciones derivadas de infracciones tributarias en el ámbito de su competencia, así como la resolución de los recursos de reposición interpuestos contra aquéllas.
- Asimismo, participará en la elaboración y ejecución del Plan Anual de Control Tributario, en colaboración con otros Servicios, realizará la elaboración de objetivos, indicadores de actividad y evaluación de resultados correspondientes al Servicio y la elaboración de la memoria del mismo, así como las demás funciones que le atribuyan las disposiciones en vigor o le sean encomendadas por la Dirección Gerencia de la Hacienda Foral de Navarra.